Corredores Inmobiliarios fuera de la ley.

Encuentre aqui aquellos que trabajan fuera de la ley

Las operaciones de compraventa o alquiler en las que se solicita intermediación deben ser realizadas por corredores matriculados. El ejercicio profesional por parte de no colegiados, además de estar prohibido por la legislación nacional está tipificado como delito por el Código Penal. El art. 237 establece que será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos de una profesión para la que se requiere habilitación especial.La persona que sin estar matriculada como corredor inmobiliario realice actos de corretaje o intermediación inmobiliaria carece del derecho a exigir el pago de toda retribución a las partes contratantes.

Conozca a través de este link los infractores: LISTADO de infractores (cucicba)